El BCRA dispuso a través de la Comunicación A6700 que las entidades financieras “puedan ofrecer a los adolescentes de entre 13 y 17 años de edad una caja de ahorro, sin la necesidad de estar acompañados para su apertura por sus representantes legales”.
Desde esa cuenta, los jóvenes podrán constituir depósitos a plazo fijo en pesos, en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por CER (UVA) y en Unidades de Vivienda actualizables por ICC (UVI). Con esta medida, la entidad pretende fomentar la inclusión y educación financiera de los adolescentes, al poner a disposición de los adolescentes un instrumento de ahorro de largo plazo.
La resolución además, especifica que la cuenta será en pesos y no tendrá costos de apertura, de mantenimiento, “ni por la utilización de los cajeros automáticos de la propia entidad financiera o el home banking”.
Se admitirán acreditaciones hasta el importe equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil por mes. Ahora sí, si el menor quiere incorporar más dinero a su cuenta, quien ejerza su representación legal deberá autorizarlo.
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