Además le permite abrir negociaciones para evitar transferir a los asociados el último incremento en el precio de la energía establecido por el Gobierno Nacional a través de la resolución 366 del 2018 y que ya comenzó a regir el pasado 1 de febrero.
CALF debe pagar a CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA) por la energía consumida e iniciar todos los trámites administrativos y judiciales para intentar frenar el aumento en el precio de la electricidad.
Con la presencia de 81 delegados, entre titulares y suplentes se aprobó por mayoría la moción elevada por el representante del Distrito 10, Gabriel Reyes en la que se precisaba: “Instruir al Consejo de Administración para que lleve adelante las negociaciones que correspondan con CAMMESA, como así también a hacer pagos parciales a cuenta de lo facturado por dicha entidad por la venta de la energía a la Cooperativa hasta tanto se logre acordar nuevos términos. En el caso de que el Órgano Concedente del servicio notifique a esta Cooperativa la aplicación del incremento, éste será trasladado.”
En la apertura de la Asamblea el presidente de CALF, Carlos Ciapponi, brindó un preciso informe de la situación de la Cooperativa ante los cambios establecidos por el Gobierno Nacional sobre los precios de la energía. Allí indicó además que “el Mercado Eléctrico Mayorista está en gravísimo riesgo, si no se modifica la actual política de quita de subsidios y de pretender que los usuarios finales, sin importar su situación económica ni social, corran con todos los costos de la producción, transporte y distribución de la energía, pues resulta evidente que los usuarios finales no podrán hacerlo”.
El Contrato de Concesión establece que ante dos facturas impagas se debe suspender el suministro. “Tratándose de un servicio esencial, el Estado debe garantizar a todos los habitantes el acceso a la energía, realizando los aportes que resulten necesarios para ello” reveló Ciapponi.
En cuanto a la medida cautelar que fue dictada en el marco de una presentación realizada por CAMMESA de “declaración de certeza”, se consideró que es absolutamente improcedente e innecesaria, porque es claro que se trata de un acto administrativo vigente.
“Esta decisión no significa una rebelión. Es una medida justa que como presidente de CALF hago lo que tengo que hacer, aun poniendo en juego mi patrimonio personal, pero no arriesgando el patrimonio de CALF ni la prestación del servicio” sentenció el presidente de la Cooperativa.
Tu opinión enriquece este artículo: