La norma mantiene la declaración de alerta del sistema comercial de la provincia del Neuquén y continúa con la suspensión de toda radicación, autorización o permiso relativo para la puesta en funcionamiento o apertura de nuevas modalidades de comercialización, en algunos de los formatos de venta mencionados.
La medida reitera la instrucción a la dirección provincial de Rentas para que se abstenga de otorgar la inscripción, habilitación o alta sobre el Impuesto a los Ingresos Brutos -hasta tanto se dicte la ley que reglamente la actividad- a aquellos establecimientos comerciales de múltiples puntos de venta, ferias -transitorias o permanentes-, cooperativas de comerciantes y paseos de compras no artesanales.
También alcanza a aquellos establecimientos de superficies que tienen como propósito la disposición de locales internos en un mismo predio destinado a la venta de mercaderías, explotadas por sus propietarios y/o inquilinos y/o concesionarios, y que en su conjunto se encuentran ligados a un único responsable habilitado del predio, cuyas características no comprenden a galerías comerciales y/o centros comerciales que podrían instalarse en la provincia del Neuquén.
El decreto señala que “es política del Estado provincial controlar y hacer valer las garantías legales consagradas en el marco de las leyes 22.802, 25.156 y 24.240, de Lealtad Comercial, de Defensa de la Competencia y de Defensa del Consumidor respectivamente”. Además contempla que “se debe mantener el empleo registrado en aras del mantenimiento de la dignidad del trabajo y evitar la destrucción de puestos de trabajo formales”.
En otro párrafo del decreto se alude a las consecuencias negativas en diversos aspectos, como ambientales, sociales, culturales, comerciales, tributarios y de empleo que podría generar la instalación en la provincia de este tipo de establecimientos comerciales.