Primero y necesario, para adquirir los beneficios la PyME se debe inscribir con firma en un registro especial, se puede hacer ingresando en la web de la AFIP, aquí, y registrarse como tal.
Allí se creó un instructivo que se puede visualizar en video y que facilita este paso a los propietarios de las pequeñas y medianas empresas. Sobretodo para quienes no manejan herramientas informáticas.
Las firmas deberán tener un CUIT activo sin limitaciones, actividades económicas declaradas, declaraciones juradas de IVA declaradas en los últimos tres períodos fiscales cerrados, y tener un correo electrónico declarado en el servicio con clave fiscal de AFIP llamado "Sistema Registral".
Realizado este paso requisitorio, la empresa quedará habilitada para recibir entre otras, una menor presión tributaria, más créditos, trámites más simples e incentivos fiscales a la inversión.
En Neuquén ya se encuentra trabajando un equipo de asesores del Centro PyME-ADENEU (0299 448-5553) que ayudará a brindar más información y a evacuar otras consultas.
Principales beneficios de la Ley Fomento Pyme 27.264
- Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
- Compensación del Impuesto a Créditos y Débitos bancarios como pago a cuenta de Ganancias: 100% para micro y pequeñas empresas y 50% para medianas tramo 1 industriales.
- Diferimiento del pago del IVA a 90 días para micro y pequeñas empresas.
- Desgravación del Impuesto a las Ganancias, hasta el 10% de las inversiones realizadas.
- Devolución de IVA de las inversiones a través de un Bono de crédito fiscal para el pago de impuestos.
- Se elevan los umbrales de retención de IVA en 135%, y de percepción de Ganancias en 400%.
- Para las micro empresas se otorgan certificados de no retención de IVA automático.
- Ampliación del cupo prestable de la Línea de Créditos de Inversión Productiva del 14 al 15,5%: incremento que implicó $ 63.000 y a su vez amplió al 50% el acceso al financiamiento de corto plazo.
- Lanzamiento de la línea Primer Crédito PyME a una tasa variable de 16% máximo y con un plazo de hasta 7 años, para montos entre $ 500 mil y $ 5 millones, a través del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE).
- Extensión de 180 a 365 días del plazo para el ingreso de divisas.
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