La medida, comunicada en el Boletín Oficial, indica que a la par también se modificó la ley 27.354, que indica que “la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formulará convenios de facilidades de pago para la oportuna cancelación de las obligaciones a las que se refiere la presente, en base a los regímenes especiales que se dispongan”.
Así, se estableció que los convenios de facilidades de pago que se instrumenten no podrán superar una tasa de interés del 1% mensual, “y abarcarán las obligaciones que se devenguen hasta el 31 de mayo del año en que finalice la emergencia”:
Esta ley viene a convalidar la gravedad del problema en la fruticultura regional (y de Mendoza, San Juan y La Pampa), que se arrastra desde hace años. Los pequeños y medianos productores de peras y manzanas de la región están, en su mayoría, ahogados por las deudas para mantenerse a flote en el mercado actual.
Cabe recordar que el pasado 23 de abril, la Federación de Productores de Río Negro y Neuquén regaló frente a Casa Rosada cerca de 30.000 kilos de fruta, con el objetivo de llamar la atención sobre la crítica situación del sector.
“Para alcanzar los beneficios previstos en la ley 27.354, se requerirá que a la fecha de entrada en vigencia de la misma, la actividad desarrollada en la cadena de producción de peras y manzanas constituya la actividad principal, entendiéndose por tal, aquella que haya generado más del 50% de los ingresos brutos totales en el año fiscal 2016, según corresponda”, se especifica en el decreto 1125/2017.
A partir de la medida firmada ayer, los productores podrán hacer uso de los beneficios para el pago de las obligaciones impositivas, y de los recursos de la seguridad social establecidos para el caso.
La ley cuentó con la firma de Gabriela Muchetti, del Presidente de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó, del secretario Parlamentario de la Cámara de Diputados, Eugenio Inchausti y del secretario Parlamentario del Senado, Juan P. Tunessi.
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