MPM pide la “emergencia pyme”: quieren suspensión de pago de alquileres, servicios y contribuciones patronales

Luego de manifestar su apoyo al gobierno, los equipos médicos y sanitarios y las fuerzas y equipos estatales en todos los niveles en la lucha contra el COVID-19, desde la Cámara Argentina de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MPM) pidieron declarar la “Emergencia pyme”. Qué solicitan, punto por punto.
 

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La declaración de la Emergencia pyme facultará al Gobierno Nacional y solicitará la adhesión de los gobiernos provinciales y municipales, para que todas las medidas excepcionales que se tomen con relación a la crisis sanitaria y económica actual tengan particularmente la situación crítica que atraviesan particularmente las MiPyMEs, debiéndose establecer mecanismos específicos para preservar las mismas como fuentes generadoras de empleo y producción en todas las regiones del país.

Suspensión del pago de servicios y alquileres
Suspender temporalmente el pago de las facturas de electricidad, agua, gas y alquileres en las MiPyMEs que enfrenten un marcado cese de actividad fruto de la crisis sanitaria y las medidas de contención de la misma. Establecer un mecanismo ágil para el trámite de estas medidas, en colaboración con AFIP.
 


Ampliación de la exención de contribuciones patronales
Extender la exención de contribuciones patronales a MiPyMEs de cualquier sector que alerte sobre la disminución de su nivel de actividad, a través de un mecanismo ágil a implementarse en colaboración con AFIP (comparando niveles de facturación actuales y retrospectivos). Es decir que esta medida no alcance solo a empresas que se dediquen a actividades de esparcimiento, como los cines, los teatros, los restaurantes, el turismo, el transporte de pasajeros y de hoteles, sino a empresas de cualquier sector que se vean afectadas por esta crisis económica y sanitaria.

REPRO PyME Express
A partir de la ampliación del REPRO por el impacto de esta crisis en diversos sectores de la economía, es preciso garantizar la implementación de este Programa con especial atención y recursos en la modalidad REPRO PYME Express, estableciendo plazos máximos y requisitos mínimos necesarios para que las MiPyMEs afectadas, en cualquier localidad y sector, estén en condiciones de presentarse y acceder al mismo para garantizar su subsistencia y la obtención de ingresos por parte de los trabajadores.

Teletrabajo
Autorizar expresamente a través del Ministerio de Trabajo a las empresas a implementar sistemas de teletrabajo, pudiendo evaluar las mismas los riesgos de forma ágil a través de una autoevaluación y declaración expresa realizada por el propio trabajador.

Extensión de la moratoria a todas las jurisdicciones provinciales y municipales
Extender el alcance de la moratoria fiscal, incorporando de forma indeterminada los períodos subsiguientes devengados en los cuales continúe la crisis económica derivada del impacto del COVID-19. Instar a los gobiernos provinciales y municipales a establecer mecanismos análogos en términos de impuestos provinciales y tasas municipales en sus respectivas jurisdicciones.

Extender suspensión de embargos de AFIP
Extender la suspensión de embargos de AFIP con posterioridad al 31 de marzo de 2020, en función del agravamiento de la crisis económica que afecta particularmente a las MiPyMEs y de forma sistémica impacta prácticamente en todos los sectores.

Financiamiento PyME
La implementación del paquete de asistencia financiera focalizado en las MiPyMEs debe tener en cuenta que actualmente solo aproximadamente el 25% de las mismas acceden al sistema bancario, y que esta situación estructural se vio agravada por la crisis económica de los últimos años, previo a esta crisis sanitaria.

El Ministerio de Desarrollo Productivo, junto al Banco Central de la República Argentina, el Banco de la Nación Argentina, el BICE y los demás organismos y entidades financieras (públicas y privadas) eventualmente implicados en la implementación de la estrategia de financiamiento PyME deben establecerse objetivos de alcance territorial, sectorial y por categoría PyME que condicionen la asignación progresiva de recursos, acompañados de mecanismos específicos que faciliten su efectiva realización. De otra forma se facilitará el financiamiento de forma concentrada a pocas empresas, de mayor tamaño, de determinados sectores y localidades, en detrimento de la recuperación y sostenimiento equilibrado de la producción, abastecimiento y generación de empleo en todo el territorio nacional.

Los bancos a través de los cuales se canalicen las líneas de financiamiento tendrán que cumplir con cupos por categoría PyME, por sector y por regiones, que condicionen la disponibilidad futura de fondos a tasas reducidas. La entidad que cumpla con los cupos podrá obtener mayores fondos, y la que no cumpla no obtendrá más cupo.

Para facilitar a los bancos el cumplimiento de estos cupos, el BCRA y el Ministerio de Producción podrán implementar un sistema de avales públicos (con participación de las SGRs) a través de los cuales se puede facilitar y agilizar la evaluación crediticia para créditos de rápida obtención, que permitan el cumplimiento de obligaciones básicas por parte de las MiPyMEs en este contexto de escasa liquidez.
 


Asimismo, la calificación crediticia (scoring bancario) de un gran porcentaje de las MiPyMEs argentinas se ha visto afectada por la crisis económica de los últimos 2 años. Frente a esta situación, que trasciende la voluntad de pago de las MiPyMEs, el BCRA deberá facultar y exigir a los bancos la flexibilización de las condiciones de otorgamiento de créditos ante esta situación de Emergencia PyME, en la medida en que las MiPyMEs afectadas establezcan un acuerdo con sus acreedores.

Cancelación de deudas por parte del Estado y pago puntual a MiPyMEs
Es inadmisible y contraproducente que en el marco de esta coyuntura, en la cual el Estado Nacional despliega un sinnúmero de esfuerzos a través medidas, políticas y acciones para contener y apoyar a las MiPyMEs en esta situación de crisis sin precedentes, aún persistan deudas impagas que atentan contra la subsistencia de las empresas.

Deben establecerse plazos perentorios e inmediatos para que la Administración Pública Nacional, así como los gobiernos provinciales y municipales, abonen de inmediato las deudas existentes con sus proveedores MiPyMEs, y se establezcan plazos máximos para con las facturas que reciban a posteriori. Debe derogarse el artículo 22 de la Ley de Financiamiento Productivo vigente. También deberán agilizarse los mecanismos de compensación y devolución tributarios pendientes.

Articulación territorial con cámaras y asociaciones empresariales
Sobre la base del Registro de Instituciones Productivas del Ministerio de Desarrollo Productivo (RIPRO), convocar de forma urgente a las cámaras y asociaciones empresariales para coordinar acciones, detectar necesidades, canalizar propuestas y soluciones que surjan desde diversos sectores y regiones.

La implementación de todas las medidas, incluido el Plan de Asistencia Digital PyME, se puede profundizar y ampliar su alcance a partir de la articulación de esfuerzos y capacidades con las instituciones que representan y están en permanente comunicación con las MiPyMEs en todo el país. A través de la Dirección de Desarrollo Económico Territorial del Ministerio de Desarrollo Productivo podrán establecerse mecanismos y canales de comunicación y coordinación que faciliten el trabajo del sector público y el sector privado de manera articulada.
 


Reapertura urgente del Programa Expertos PyME (áreas de finanzas y contable)
Abrir y lanzar masivamente el programa Expertos PyME para la realización rápida y eficaz de diagnósticos y auditorías externas en MiPyMEs que estén en situación de crisis financiera.

Los Expertos PyME podrán dar fe de la situación real de la empresa a través de la realización de un diagnóstico o auditoría (virtualmente, a distancia, mientras duren las medidas preventivas), con recomendaciones para el acceso a medidas dispuestas por el Gobierno Nacional en caso de resultar pertinentes (REPRO, líneas de financiamiento, moratoria, cancelación de deudas por parte del Estado, entre otras), constituyéndose en un canal de comunicación y verificación directa entre las empresas y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.

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